Aprueban reforma constitucional en Cuba: modifican edad para ocupar la Presidencia
La Asamblea Nacional de Cuba decidió por unanimidad eliminar el requisito de contar con un máximo de 60 años para acceder a la Presidencia.

Para ser presidente de la República se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad. Foto: Cubadebate
18 de julio de 2025 Hora: 19:33
Diputados y diputadas de la Asamblea Nacional de Cuba aprobaron este viernes reformar el artículo 127 de la Constitución de la República.
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Con el fin de eliminar el requisito de tener un máximo de 60 años para ser elegido como presidente de la República para un primer mandato, la Asamblea voto por unanimidad la moción. Por normativa interna, la votación fue definida por los 440 diputados y diputadas presentes del total de 462 que integran el órgano asambleario.
EL presidente del Parlamento, Esteban Lazo Hernández, argumentó que la modificación tiene por objetivo quitar de limitaciones a aquellas personas que estén en pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, con una edad superior a los 60 años y «que hayan demostrado fidelidad a la Revolución, compromiso con sus ideales y trayectoria revolucionaria, puedan ser elegidas para tan altas responsabilidades».
“Para ser presidente de la República se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Se exige además tener hasta sesenta años de edad para ser elegido en este cargo en un primer período”, refiere el artículo actual de la carta Magna.
Algunas nociones sobre la reforma
La regulación existente, en cuanto a la edad máxima fijada para resultar electo presidente o presidenta de la República en un primer período, fue adecuada en el momento en que se aprobó la Constitución en 2019.
Algunos legisladores abordaron en sus intervenciones que el factor demográfico de envejecimiento poblacional puede tener un peso determinante en esta decisión. En este sentido insistieron que personas en pleno ejercicio de sus facultades, con una edad superior a los 60 años puedan desarrollarse en este cargo público.
Es un acto que requiere refrendarse jurídicamente. El proyecto de ley responde al uso de la iniciativa de reforma constitucional ejercida por el Consejo de Estado.
La Constitución aprobada en 2019 establece un procedimiento para que pueda ser reformada ante determinadas circunstancias.
La Asamblea Nacional es el único órgano con potestad constituyente y legislativa de la República.
La propia Constitución establece que el precepto constitucional que se reforma puede ser resuelto por la Asamblea Nacional sin otros trámites posteriores.
Autor: teleSUR - lvm - NH
Fuente: teleSUR